Marco normativo para la preparación de estados financieros de propósito general en Bolivia

31 de octubre de 2024
Desnaturalización

El marco normativo boliviano para la preparación de estados financieros de propósito general tiene sus fundamentos en el Código de Comercio, las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas (NCGA), y la regulación de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP). Además, el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia (CAUB), a través de su órgano técnico, el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad (CTNAC), es responsable de emitir las normas contables y de auditoría en Bolivia. A continuación, se detallan los elementos clave de este marco normativo.

1. Bases Legales para la Preparación de Estados Financieros en Bolivia

El Código de Comercio de Bolivia constituye la base legal para las prácticas contables y comerciales en el país, requiriendo que todas las empresas mantengan un sistema contable adecuado y presenten estados financieros confiables y comparables. Además, Bolivia sigue un modelo de economía plural, establecido en la Constitución Política del Estado (Art. 306), que reconoce formas de organización estatal, privada, comunitaria y social cooperativa. En este marco, el Estado tiene la función de dirigir y regular la economía y los procesos comerciales de acuerdo con la Constitución (Art. 316).

Código de Comercio: En su carácter de norma fundamental para el comercio en Bolivia, establece las obligaciones contables básicas para todas las empresas, como el mantenimiento de registros contables adecuados y la presentación de libros obligatorios (Diario, Mayor, Inventarios y Balances), que garantizan la exactitud y organización de la información financiera.

Los decretos más importantes que definen las obligaciones y competencias para la práctica contable en Bolivia incluyen:

  • Decreto Supremo N° 3911 (1954): Regula el ejercicio profesional de la auditoría financiera y la contabilidad.

  • Decreto Ley N° 12042 (1974) y Decreto Supremo N° 23396 (1983): Establecen y regulan las actividades de los contadores y auditores, así como su organización en colegios profesionales, conduciendo a la creación del Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia (CAUB) en 1989.

2. Normas Técnicas para la Preparación de Estados Financieros

Las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas (NCGA) constituyen el conjunto de normas técnicas que rigen la preparación de estados financieros en Bolivia. Estas normas, emitidas y supervisadas por el CTNAC, detallan los principios, criterios y procedimientos que deben seguirse para el reconocimiento, medición y presentación de las partidas contables.

  • Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas (NCGA): Son 14 normas específicas aprobadas mediante resoluciones administrativas como la SEMP N° 370/2008 y la SEMP N° 28/2009, y se consideran el marco normativo contable de aplicación obligatoria en Bolivia. Cubren diversos temas, desde hechos posteriores al cierre hasta consolidación de estados financieros y valuación en moneda constante.

  • Aplicación Supletoria de las NIIF: En ausencia de una norma específica local, Bolivia permite el uso supletorio de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), en los casos en los que las NCGA no cubren un área específica, garantizando así la transparencia y comparabilidad de los estados financieros.

El CTNAC ratificó en 2012, mediante la Resolución CTNAC N° 001/2012, la vigencia exclusiva de estas 14 NCGA, permitiendo la aplicación supletoria de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) solo en casos donde las NCGA no cubran un tema en particular. Un ejemplo de esta aplicación supletoria es el uso de la NIC 7 para la presentación del Estado de Flujos de Efectivo, al no existir una normativa local específica que lo regule.

3. Órganos Emisores y Reguladores de Normas Contables

Bolivia cuenta con dos órganos principales que supervisan y emiten normativas contables:

  • Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP): Creada mediante el Decreto Supremo N° 0071 (2009), la AEMP es la entidad responsable de supervisar y controlar el cumplimiento de las NCGA. Además, mediante la Resolución Administrativa Interna RAI/AEMP/N° 052/2011, establece el régimen de sanciones para infracciones comerciales y contables. La AEMP también se encarga de aprobar las normas emitidas por el CAUB, asegurando su obligatoriedad y aplicación uniforme.

  • Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia (CAUB): Es el organismo profesional que, a través del Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad (CTNAC), emite las NCGA y establece los lineamientos de contabilidad y auditoría en el país. El CAUB también se encarga de adoptar de manera supletoria normas internacionales como las NIIF y el Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales.

5. Propósito y Usuarios de los Estados Financieros de Propósito General

Los estados financieros de propósito general están diseñados para proporcionar información relevante, veraz y comparable a un amplio rango de usuarios externos, entre los que se incluyen:

  • Inversionistas y Accionistas: Evalúan la rentabilidad y estabilidad financiera de las empresas.

  • Entidades Financieras y Bancos: Analizan la capacidad crediticia de las empresas.

  • Autoridades Regulatorias: Como la AEMP, supervisan el cumplimiento normativo y la transparencia contable.

  • Sociedad y Gobierno: Los estados financieros ayudan en la toma de decisiones de política pública y en la evaluación de la responsabilidad social empresarial.

La preparación de estados financieros bajo una base normativa distinta implicaría que estos se clasifiquen como estados financieros de propósito específico, lo cual afectaría la capacidad de la información para satisfacer las necesidades de transparencia y comparabilidad que demandan los diversos usuarios de la información contable. Este enfoque restringiría la utilidad de los estados financieros al limitar la coherencia y accesibilidad de los datos presentados. En conclusión, los estados financieros no deberían elaborarse siguiendo los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 24051, ya que este se centra exclusivamente en aspectos tributarios y no en las necesidades de información financiera de propósito general.

5. Rol y Atribuciones de la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP)

La AEMP, sucesora de la antigua Superintendencia de Empresas, es el órgano encargado de regular, controlar y supervisar a las empresas bajo su jurisdicción en Bolivia. Esta entidad fue creada mediante el Decreto Supremo N° 0071 de 2009 y refuerza las funciones de supervisión del Estado en el ámbito comercial, conforme al principio de economía plural establecido en la Constitución y la Ley N° 685 de 2015, que establece competencias para la regulación y sanción de las actividades empresariales.

Algunos elementos clave de su jurisdicción incluyen:

  • Fiscalización del Cumplimiento Normativo: A través de la Resolución Administrativa Interna RAI/AEMP/N° 052/2011, la AEMP implementa el Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales, con el cual supervisa y sanciona el incumplimiento en la aplicación de las NCGA, protegiendo la transparencia y veracidad en la presentación de la información financiera.
  • Asignación de Competencias: Mediante el Decreto Supremo N° 29894 de 2009, se transfirieron las competencias de la extinta Superintendencia de Empresas al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, consolidando así la AEMP como la autoridad reguladora en el ámbito empresarial en Bolivia. La designación de su Director Ejecutivo es efectuada por el Presidente de Bolivia, como se formalizó en la Resolución Suprema N° 15051 de 2015.
6. Jerarquía y Distinción entre la Norma Contable y la Norma Tributaria

Bolivia mantiene una clara distinción entre las normas contables, regidas por el Código de Comercio y las NCGA, y las normas tributarias, reguladas por la Ley 843. Ambas cumplen funciones específicas sin una jerarquía de supremacía:

  • Régimen Comercial y Contable: El Código de Comercio y las NCGA garantizan la integridad y uniformidad de los reportes financieros, apoyando la toma de decisiones informadas para los usuarios externos.
  • Régimen Tributario: La Ley 843 y sus disposiciones reglamentarias, definen los criterios fiscales para la determinación de la base imponible. El Decreto Supremo N° 24051 estipula los ajustes fiscales que deben realizarse sobre los resultados contables para la determinación de la utilidad imponible, excluyendo ciertos gastos personales y considerando solo aquellos necesarios para la obtención de ingresos. Este cálculo responde a criterios fiscales específicos, que son distintos de los objetivos de presentación contable.
CONCLUSIÓN

El marco normativo boliviano para la preparación de estados financieros de propósito general garantiza que las empresas presenten información contable útil y confiable, conforme a las NCGA y con el respaldo de la Autoridad de Empresas (AEMP) y el Colegio de Auditores y Contadores Públicos de Bolivia (CAUB). La aplicación supletoria de las NIIF refuerza la transparencia y comparabilidad internacional de los reportes, mientras que el marco tributario cumple con su propósito específico de determinación fiscal, coexisten de manera complementaria y cada uno ejerce sus funciones conforme a la normativa vigente y su propósito especifico.

Si necesitas profundizar en esta temática no dudes en contactarte con nosotros a través del correo info@hlbbolivia.com o por nuestro WhatsApp.

Acerca de HLB

HLB International es una red global de firmas independientes de consultoría y contabilidad que, a través del poder de 46.755 profesionales en 157 países, combina experiencia local y capacidades globales para dar servicio a las necesidades de sus clientes. Más información sobre los servicios y capacidades globales de HLB: www.hlb.global

HLB se refiere a la red internacional de HLB y/o a una o más de sus firmas miembro, cada una de las cuales es una entidad jurídica independiente. Para más información, consulte www.hlb.global/legal.

© 2024 HLB International limited. Todos los derechos reservados.


Image

Contáctanos

Sea cual sea su pregunta, nuestro equipo global le indicará la dirección correcta.

Inicia una conversación
Image

Suscríbase a nuestro boletín