Actualización de la Matrícula de Comercio
Ministerio de Desarrollo ProductivoPor la Pandemia en la que se encuentra el país, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural mediante Resolución Ministerial 0094.2020 establece de manera excepcional que las empresas unipersonales y sociedades comerciales con cierre de ejercicio fiscal al 31 de diciembre de 2019, deben actualizar su Matrícula de Comercio hasta el 31 de julio de 2020, ampliando también la vigencia de las Matrículas de Comercio hasta; el mismo 31 de julio de 2020 inclusive.
RESUELVE:
PRIMERO. – AMPLIAR temporalmente el plazo de vigencia de las Matrículas de Comercio, emitidas por el Registro de Comercio (con validez al 31 de mayo de 2020), hasta el 31 de julio de 2020 inclusive.
SEGUNDO. – Los comerciantes, cuyas Matrículas de Comercio emitidas por el Registro de Comercio (con vigencias hasta el 31 de mayo de 2020), de manera excepcional, podrán cumplir con el Trámite de Actualización de Matrícula de Comercio, hasta el 31 de julio de 2020.
TERCERO. – A partir de la gestión 2021 los plazos deberán ser cumplidos conforme las fechas establecidas en la Resolución Ministerial MDPyEP/DESPACHO/Nº 249.2018.
CUARTO. –La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente hábil de su publicación en la GACETA MINISTERIAL DEL MDPyEP, alojada en el sitio web del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL, en la dirección electrónica (https://produccion.gob.bo/).
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
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